Durante el feriado por carnaval en Ecuador (desde el sábado 26 de febrero hasta el martes 1 de marzo), se reducirá el impuesto de valor agregado (IVA) al 8% para los servicios turísticos que tienen registro turístico. Es decir, establecimientos de alojamiento, comida y bebidas, transporte de turismo, así como agencias y otros intermediarios.
Esta medida rige a partir del Decreto Ejecutivo No 339, que tiene como base la Ley de Desarrollo Económico, que le permite al presidente reducir, vía decreto, el IVA del 12% al 8% durante 12 días al año.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ya hizo pública la Ficha Técnica para emitir comprobantes electrónicos, en la que incluye la nueva codificación para este IVA diferenciado. Según lo establecido por la entidad, se usará el código 8 para tarifas de IVA iguales o mayores al 8% y menores al 12%, de acuerdo con lo que establezcan los decretos respectivos.
No obstante, adaptar los servicios de emisión de comprobantes electrónicos para los días del IVA al 8% puede tener costos que oscilan entre los $400 y los $800, dependiendo de la empresa proveedora. Algunas empresas recomiendan implementar estos cambios a largo plazo, si es que esta diferenciación de IVA se va a aplicar varias veces al año. No obstante, existirán negocios que deberán evaluar si este cambio de sistema les resulta rentable o no.
El SRI que el Estado dejará de percibir cerca de $3.8 millones debido a este cambio en el IVA.
De igual forma, el Decreto Ejecutivo No 339 también establece que esta reducción del IVA al 8% se aplicará en el feriado de Semana Santa, que comprende los días: viernes 15, sábado 16 y domingo 17 de abril de 2022.